La Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo modifica el código penal regulando la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Responsabilidad penal de las personas juridicas (COMPLIANCE PENAL). Desde este despacho se defiende a dichas personas jurídicas de aquellos delitos que se hayan cometido en el ejercicio de su actividad social.
Los delitos cometidos en este ámbito pueden ser:
Las penas pueden ser varias llegando incluso al cierre de la empresa.